17_DS21060

G A C E T A O F I C I A L D E B O L I V I A
DECRETO SUPREMO Nº 21060
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que la situación económico­financiera del país, requiere la adopción de nuevas
soluciones de política económica que enfrenten los problemas en las raices mismas de la crisis, la cual ha adquirido en los últimos tiempos características de verdadero colapso
nacional y ha generado una pérdida de confianza;
Que los factores hiperinflacionarios, combinados con una profunda recesión
económica, han debilitado en forma peligrosa el aparato productivo y provocado en el
organismo nacional una grave crisis económica que castiga, particularmente, a las grandes mayorías nacionales, por el conducto de la insuficiencia de las remuneraciones, el
desabastecimiento de productos esenciales de consumo masivo, el desempleo, el
subempleo y la presencia inusitada de un creciente sector informal o ilegal de la economía;
Que las medidas de políticas económicas instrumentadas en el pasado reciente y que se orientaron a corregir algunas manifestaciones de la crisis sin atacar sus causas, han
determinado una profunda distorsión en el sistema de precios; agravado la desigual
distribución del ingreso y postergado toda posibilidad de crecimiento económico;
Que entre las causas de la crisis, está el desajuste institucional del sistema administrativo del Poder Ejecutivo, cuyas funciones se han burocratizado desmedidamente,
al extremo de originar desajustes que enervan el normal funcionamiento del órgano
administrador.
Que el factor de mayor incidencia en el ritmo inflacionario radica en el sostenido y
creciente défit fiscal del sector público, el cual adquiere características tales que provocan el descontrol de la política de gastos e ingresos; el que a su vez no pueden ser cubierto con
los recursos fiscales normales, provocando un endeudamiento público interno que además
de ser ilegal, es insostenible en los términos de la actual hiperinflación;
Que el sector productivo sufre un permanente descenso en la producción,
productividad y eficiencia lo cual incide, a su vez, en un deterioro económico y financiero.
Esta situación generalizada y agravada particularmente en el sector público, genera
también presiones que incrementan el endeudamiento interno con caracteres inflacionarios;
Que es necesario aplicar una Nueva Política Económica que tenga la aptitud de ser
realista y pragmática con el objeto de atacar las causas centrales, de la crísis en el marco de una racionalidad de medidas fiscales, monetarias, cambiarias y de ajuste administrativo del
sector estatal que, además de su contenido, radicalmente anti­inflacionario, siente los
fundamentos para reiniciar, redefinir, y encaminar el desarrollo nacional liberador, dotado
de profundo contenido social, que rescate los valores morales del pueblo boliviano;Que la Constitución Política del Estado, en sus artículos 96, inciso 1°, 99 y 143,
confiere al Poder Ejecutivo facultad para definir y dirigir la política económica, mediante
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G A C E T A O F I C I A L D E B O L I V I A
Decretos y Reglamentos que deben contemplar la objetiva situación económica del Estado
y corregir sus distorsiones;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
TITULO IDEL REGIMEN CAMBIARIO Y DE LAS RESERVAS
CAPITULO I
DEL TIPO DE CAMBIO
ARTÍCULO 1.­
Se establece un régimen de tipo de cambio único, real y
flexible del peso boliviano con relación al dólar de los Estados Unidos de América, el
mismo que se denominará cambio oficial.
ARTÍCULO 2.­
El tipo de cambio oficial será el promedio ponderado
resultante de las …