Puntos importantes del ide

PUNTOS INCONTITUCIONALES DEL IDE

Como sabemos, el Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE) debe ser recaudado por las instituciones del sistema financiero que reciban depósitos en efectivo,cuando su monto excede a la cantidad de $ 25,000.00 en un mes, debiendo hacer esta recaudación al final del mes respectivo, siempre y cuando el contribuyente tenga el saldo suficiente en sus cuentas paraque la institución financiera pueda hacer la recaudación.

De tal forma que cuando en un mes no se tiene el saldo suficiente, entonces la institución financiera tendrá que hacer la recaudación en elmomento futuro en que se hagan depósitos a la cuenta y ya se pueda hacer la recaudación, teniendo la obligación la institución financiera de informar de tal situación al SAT a través de ladeclaración informativa mensual que debe presentar.

En el caso de que termine el ejercicio y existan montos no recaudados por no existir saldo en la cuenta del contribuyente, las instituciones financierasdeberán informar de ello en la declaración informativa anual que deben presentar a más tardar el 15 de Febrero al SAT, y en base a esa información la autoridad determinará el crédito fiscal a cargo delcontribuyente, debiendo notificárselo y otorgarle 10 días para que manifieste lo que crea conveniente.

Esto implica que la entidad financiera sólo podrá recaudar el IDE de meses anteriores mientrasno concluya el mismo ejercicio, pero una vez terminado éste y existiendo saldos no recaudados por falta de fondos en las cuentas del contribuyente, entonces la entidad financiera ya no podrárecaudarlos en el futuro y una vez informado de esto a la autoridad, sólo ella podrá cobrarlos de manera directa al contribuyente.

Lo anterior, según disposición contenida en los artículos 4-VII y 5 de laLey del IDE, por lo que no existe en la ley un procedimiento o alternativa para que el contribuyente pague de manera directa el IDE que la institución financiera no pudo recaudar en el ejercicio por…