Derecho constitucional

Acevedo Vilá v. Meléndez., 2005 TSPR 79
Juez Presidente Hernández Denton

I. Hechos
a. Luego de haber tomado juramento como Gobernador, el Hon. Aníbal Acevedo Vilá, nominó a la Sra.Marisa Pont Marchese como Secretaria del Departamento de Estado. Como dispone la Constitución, el nombramiento fue referido a ambos cuerpos legislativos para su consentimiento.
b. El Senadode Puerto Rico confirmó la nominación de la Sra. Pont Marchese.
c. El 9 de mayo de 2005, la Cámara evaluó el nombramiento de la nominada. Luego de un informe positivo de la Comisión deGobierno, se llevo a cabo una primera votación a viva voz. Luego de una intervención de varios legisladores, se rectificó que según el Reglamento de la Cámara de Representantes, los nombramientos tenían queser considerados por lista. Se pasó a una segunda votación en la que la nominada obtuvo 24 votos a favor y 16 en contra. El Presidente de la Cámara informó que la nominada no había sido confirmadapues no había obtenido la mayoría absoluta de los votos, a lo que el Portavoz de la Minoría, Sr. Ferrer Ríos sostuvo que el criterio debía ser de mayoría simple.
d. En la misma sesión, otrolegislador que había votado a favor de la nominada, pidió la reconsideración de la votación, esto fue secundado por cinco representantes y fue aprobado a viva voz. El resultado de la segunda votación fuede 20 votos a favor, 22 votos en contra, por lo que el Presidente de la Cámara expuso que la nominada no había sido confirmada y el Secretario de la Cámara emitió una certificación por la cualcomunicó al Gobernador la decisión negativa de la Cámara de Representantes.
e. El Gobernador, la Secretaria de Estado nominada, Hon. Marisara Pont Marchese y el portavoz del Partido Popular en elCámara de Representantes, Hon. Héctor Ferrer Ríos, comparecieron al Tribunal con petición de mandamus. Solicitaron que se le ordenara al Secretario de la Cámara de Representantes que certificara que…