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Gobierno del Estado de Morelos
Consejería Jurídica
CODIGO CIVIL PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS
Fecha de Aprobación 1993/08/27 Fecha de Promulgación 1993/10/11 Fecha de Publicación 1993/10/13 Vigencia 1994/01/01 Expidió XLV Legislatura Periódico Oficial 3661 Sección Segunda “Tierra y Libertad” Observaciones Generales.- El artículo Séptimo transitorio, abroga el Código Civil para elEstado Libre y Soberano de Morelos de 1945/09/26, publicado en el Periódico Oficial del Estado de 1946/02/24. El artículo Octavo transitorio, abroga el Decreto número 74 de 1952/11/26, publicado en el Periódico Oficial del Estado en 1952/12/31.

Agosto 13 de 2003

LIBRO PRIMERO
DISPOSICIONES PRELIMINARES

TITULO PRIMERO
REGLAS GENERALES

CAPITULO UNICO
NORMAS CIVILES GENERALESARTICULO 1.- AMBITO ESPACIAL DE APLICACION. Las disposiciones de este Código regirán los asuntos del orden Civil en el Estado de Morelos. Además se aplicarán con carácter supletorio, a toda relación jurídica o situación de Derecho no prevista o reglamentada de modo incompleto, por otras disposiciones de jurisdicción local.

2 ARTICULO 2.- EFECTOS DE LOS ACTOS QUE SON EJECUTADOS EN MORELOS. Losefectos jurídicos de los actos y contratos celebrados fuera del Estado de Morelos, pero que deban ser ejecutados en el mismo, se regirán por las disposiciones de este Código. ARTICULO 3.- CONDICION JURIDICA DE LOS BIENES UBICADOS EN EL ESTADO DE MORELOS. Los bienes inmuebles ubicados en el Estado de Morelos, y los bienes muebles que en él se encuentren, se regirán por las disposiciones de este Código,aun cuando los dueños no sean mexicanos, ni morelenses, ni vecinos del Estado. ARTICULO 4.- APLICACION LOCAL FORANEA RESPECTO A LA FORMA DE LOS ACTOS. Los actos jurídicos, en todo lo relativo a su forma, se regirán por las leyes del lugar donde ocurriesen. Sin embargo, los mexicanos, sean o no morelenses, y los extranjeros residentes fuera del Estado de Morelos, quedan en libertad para sujetarse alas formas prescritas por este Código, cuando el acto haya de tener ejecución en dicho Estado. Cuando estos actos sean relativos a bienes inmuebles que se encuentren dentro del Estado, para que surtan efectos con relación a terceros, deberán inscribirse en el Registro Público de la Propiedad, aun cuando no se exija este requisito en el lugar de su otorgamiento ARTICULO 5.- AMBITO PERSONAL DEAPLICACION DE LA LE CIVIL. Las Leyes de Morelos, incluso las que se refieren al estado civil y a la capacidad de las personas, se aplicarán a todos los habitantes del Estado, estén domiciliados o no en él, o sean transeúntes; respecto de los extranjeros se observará, además, lo dispuesto por las leyes federales. ARTICULO 6.- IGUALDAD JURIDICA CIVIL. La capacidad jurídica es igual para el hombre y lamujer. ARTICULO 7.- ENTRADA EN VIGOR. Las Leyes, reglamentos, circulares o cualesquiera otras disposiciones de observancia general, obligan y surten sus efectos al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad”, órgano del Gobierno del Estado Libre y Soberano de Morelos. Si la ley, reglamento, circular o disposición de observancia general, fija el día en que debecomenzar a regir, obliga desde ese día con tal de que su publicación haya sido anterior. ARTICULO 8.- IRRETROACTIVIDAD DE LAS NORMAS. A ninguna Ley ni disposición gubernativa se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna.

Dirección General de Legislación Subdirección de Informática Jurídica

3 ARTICULO 9.- ABROGACION DEROGACION DE LA LE CIVIL. La Ley Civil sólo queda abrogada o derogadapor otra posterior que así lo declare expresamente o que contenga disposiciones total o parcialmente incompatibles con la Ley anterior; las leyes que establecen excepción a las reglas generales no son aplicables a caso alguno que no esté expresamente especificado en las mismas leyes. ARTICULO 10.- OBLIGATORIEDAD JERARQUICA DE LA LE CIVIL. La voluntad de los particulares no puede eximir la…